Para agentes de los organismos y dependencias del Poder Ejecutivo Provincial (excepto personal de las Fuerzas de Seguridad y Autoridades Superiores).
IMPORTANTE
Recuerde que para que se haga efectiva la activación del beneficio los roles tienen que haber sido dados de baja desde el área RRHH de su repartición. Si los mismos están abiertos, no se activará la jubilación y no se procesará la liquidación del haber. Si los roles no están cerrados, debe hacer el reclamo en la repartición correspondiente.
IMPORTANTE / Activación fuera de término:
Si no pudo activar su beneficio – ya sea que debe realizar el trámite a través del aplicativo de Renuncia Digital* o el sistema de la Caja – debe enviar una consulta ingresando a cidi.cba.gov.ar, servicio Caja de Jubilaciones, opción Consultas > Mis consultas > Nueva consulta, elegir el asunto Activación fuera de término y detallar su caso.
*Recordá que si pertenecés a Renuncia Digital (ver punto 1), antes de enviar la consulta tenés que realizar el trámite de renuncia a través del aplicativo, sin excepción.
Mirá el video tutorial:
El trámite para activar el beneficio y comenzar a cobrar el haber se realiza una vez que tiene la resolución en la cual se acuerda su jubilación. En ese momento usted tiene que acordar con su empleador hasta qué fecha va a trabajar.
La misma corresponde a la fecha de baja en la repartición en la que se desempeñó como activo, después de haber dejado de trabajar y/o agotado licencias pendientes, en caso que corresponda. Por ejemplo, para los docentes es la fecha que se indica en el MAB.
La fecha que informe como baja laboral es la fecha hasta la cual percibirá salario como activo por parte de la Provincia de Córdoba. A posterior de esa fecha, comenzará a percibir los haberes como jubilado de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba.
Generalmente, si inicia el trámite hasta el día 10 del mes, cobrará en la liquidación del mismo mes que realiza el trámite. Por ejemplo: tramita la activación el 5 de julio, cobra a fin de ese mes.
Si el trámite se inicia posterior a ese día, cobrará en la liquidación del mes siguiente de la fecha de trámite de activación. Por ejemplo: tramita la activación el 15 de julio, cobra a fines de agosto.